Términos y condiciones de la cadena de suministro

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El Vendedor y CalAmp Wireless Networks Corporation, así como su empresa matriz o filiales (el "Comprador"), acuerdan regirse por los términos y condiciones aquí contenidos (los "Términos"), que se incorporan automáticamente y son esenciales para cada orden de compra emitida al Vendedor por el Comprador (la orden de compra y los Términos se denominan la "Orden") y deben leerse atentamente. El Vendedor se compromete a seguir las instrucciones de envío, facturación y cobro emitidas por el Comprador.

  1. ACEPTACIÓN: El Vendedor podrá aceptar cada Pedido (a) devolviendo al Comprador una copia firmada del Pedido, (b) reconociendo por escrito (incluyendo correo electrónico y PDF) su aceptación, o (c) iniciando o prometiendo el envío de los bienes y servicios solicitados de acuerdo con los términos y condiciones del Pedido. La aceptación de cada Pedido por parte del Vendedor, ya sea mediante acuse de recibo, envío u otra ejecución, será incondicional y estará sujeta y expresamente limitada a estos Términos. Se rechazan todas las ofertas anteriores del Vendedor. El Comprador no estará sujeto a términos adicionales o diferentes a estos Términos que puedan aparecer en las cotizaciones, acuses de recibo, facturas o cualquier otra comunicación del Vendedor. La aceptación de materiales, trabajos o servicios, el pago o cualquier inacción por parte del Comprador, su consentimiento o aceptación de dichos términos, términos adicionales o diferentes insertados en este Acuerdo por el vendedor, o supresiones del mismo, ya sea por alteración, adenda o de otro modo, no tendrán validez ni efecto, a menos que el Comprador lo consienta expresamente por escrito. Las estimaciones o previsiones proporcionadas por el Comprador no constituirán compromisos. El precio establecido en cada Pedido incluye el coste de fabricación, embalaje, etiquetado y envío, a menos que se especifique lo contrario en el Pedido. Tras la aceptación, los Términos de cada Pedido constituirán el acuerdo completo entre el Vendedor y el Comprador con respecto al objeto del Pedido, sustituyendo todos los acuerdos verbales contemporáneos y las cotizaciones, comunicaciones, acuerdos y entendimientos previos, tanto orales como escritos, de las partes, y no podrán modificarse ni rescindirse excepto mediante un escrito firmado por el Vendedor y el Comprador.
  2. RESCISIÓN POR CAUSA: El Comprador se reserva el derecho de rescindir con efecto inmediato cualquier Pedido o parte del mismo, por causa justificada, en caso de incumplimiento por parte del Vendedor en cualquier momento antes de su finalización, o en caso de que el Vendedor incumpla o no cumpla con alguna de sus obligaciones en cualquier aspecto material, o en caso de que el Vendedor se declare insolvente o se inicien procedimientos por o contra el Vendedor en virtud de cualquier ley federal o estatal de quiebra o insolvencia, o si el Vendedor deja de operar en el curso normal de sus negocios. El Vendedor se compromete a no cobrar ni evaluar ningún tipo de cargos por rescisión o tarifas de reposición al Comprador debido a la rescisión total o parcial de cualquier Pedido. El Vendedor se compromete a no exigir al Comprador que compre ningún artículo rescindido que no esté completado y/o artículos listos para ser entregados en el momento en que se envíe por correo la notificación por escrito de la rescisión al Vendedor. Además, no se realizarán reclamaciones por beneficios anticipados u otros daños resultantes de la rescisión total o parcial de cualquier Pedido. Si dicha rescisión se debe a culpa del Vendedor, el Comprador, a su discreción y sin renunciar a su derecho a recuperar los daños o pérdidas sufridos, podrá aceptar la parte completa de un Pedido y pagarla al precio del contrato, o bien, podrá realizar el Pedido completo en otro lugar y cobrar al Vendedor la diferencia del coste al Comprador. El Vendedor se compromete, además, a no exigir ni acceder a ningún cargo por rescisión de ningún tipo y a reembolsar al Comprador los gastos de envío o flete facturados o pagados por el Comprador si los bienes no son aceptables y deben devolverse al Vendedor. Si se determina que el Comprador ha rescindido indebidamente un Pedido, total o parcialmente, por incumplimiento, dicha rescisión se considerará por conveniencia.
  3. RESCISIÓN POR CONVENIENCIA DEL COMPRADOR: El Comprador se reserva el derecho de rescindir un Pedido, total o parcialmente, a su entera conveniencia. En caso de rescisión, el Vendedor suspenderá inmediatamente todos los trabajos relacionados con el Pedido y dispondrá que sus proveedores o subcontratistas cesen dichos trabajos. El Vendedor no recibirá ningún pago por los trabajos realizados después de recibir la notificación de rescisión, ni por los costos incurridos por sus proveedores o subcontratistas que el Vendedor podría haber evitado razonablemente.
  4. CONFIDENCIALIDAD Y PUBLICIDAD: El Vendedor deberá considerar confidencial toda la información proporcionada por el Comprador y no la divulgará a ninguna otra persona ni la utilizará para ningún otro fin que no sea la ejecución de un Pedido sin obtener previamente el consentimiento por escrito del Comprador. El Vendedor no anunciará ni publicará de ninguna manera que ha suministrado o contratado al Comprador los bienes o servicios aquí mencionados, ni divulgará información relacionada con el Pedido sin la autorización escrita del Comprador. El Vendedor no utilizará ninguna identificación del Comprador ni de sus empresas afiliadas en sus actividades publicitarias o promocionales en relación con las actividades realizadas por el Vendedor en virtud de un Pedido sin el previo consentimiento por escrito del Comprador. El término "identificación" incluye cualquier nombre comercial, marca registrada, marca de servicio, insignia, símbolo o cualquier simulación de los mismos, así como cualquier código, dibujo, especificación o prueba de la inspección del Comprador. El Vendedor acepta eliminar dicha identificación antes de cualquier venta, uso o disposición de material o equipo rechazado o no comprado por el Comprador, e indemnizará al Comprador y sus compañías afiliadas contra cualquier reclamo que surja del incumplimiento del Vendedor de hacerlo.
  5. USO DE LA INFORMACIÓN: Cualquier especificación, dibujo, boceto, modelo, muestra, herramienta, aparato informático u otro, programa, información o datos técnicos o comerciales, escritos, orales o de otro tipo, propiedad o controlados por el Vendedor ("Información"), proporcionados o adquiridos por el Vendedor en virtud de un Pedido, o en previsión de un Pedido, seguirán siendo propiedad del Comprador. Todas las copias de dicha Información, ya sea escrita, gráfica o en cualquier otra forma tangible, serán devueltas al Comprador a petición suya. A menos que dicha Información fuera previamente conocida por el Vendedor sin obligación de mantenerla confidencial, o haya sido o sea posteriormente hecha pública por el Comprador o un tercero, el Vendedor la mantendrá confidencial, se utilizará únicamente para el cumplimiento del Pedido y no podrá utilizarse para otros fines, salvo en los términos que se acuerden por escrito entre el Vendedor y el Comprador.
  6. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN: El Vendedor no podrá ceder un Pedido, ni parte del mismo, salvo que, con el consentimiento previo por escrito del Comprador, pueda ceder reclamaciones por importes adeudados o por vencer en virtud de un Pedido. En tal caso, el Vendedor entregará al Comprador con prontitud dos copias de dicha cesión y dispondrá, además, que el pago de cualquier reclamación estará sujeto a compensación o recuperación por cualquier reclamación presente o futura que el Comprador pueda tener contra el Vendedor. El Vendedor se compromete a obtener la aprobación por escrito del Comprador antes de subcontratar un Pedido o parte del mismo; sin embargo, esta limitación no se aplicará a la compra de suministros comerciales estándar ni materias primas. Cualquier intento de cesión o delegación que contravenga las disposiciones anteriores será nulo e ineficaz.
  7. MATERIAL PROPIEDAD DEL COMPRADOR O SUMINISTRADO: El Vendedor asume la total responsabilidad por cualquier herramienta, artículo o material propiedad del Comprador, a su cargo o proporcionado por él, a menos que se le suministre a título oneroso, en relación con un Pedido. El Vendedor se compromete a pagar por todas las herramientas, artículos y materiales que se estropeen o no se contabilicen satisfactoriamente. La titularidad de dichas herramientas, artículos o materiales, propiedad del Comprador o proporcionados por él, permanecerá en todo momento con el Comprador. El Vendedor es y será un fideicomisario expreso, en beneficio del Comprador, de todas dichas herramientas, artículos y materiales.
  8. INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO: El Vendedor incumplirá los Términos de cualquier Pedido si no realiza la entrega según lo estipulado en el Pedido, si incumple alguno de sus convenios y obligaciones establecidos en el Pedido, si alguna de sus garantías resulta ser falsa, o en cualquiera de los siguientes supuestos: insolvencia del Vendedor, solicitud de concurso de acreedores; solicitud de concurso de acreedores; nombramiento de un síndico o administrador judicial para los activos del Vendedor; o la ejecución por parte del Vendedor de una cesión en beneficio de los acreedores del Comprador. Los recursos previstos en esta sección se sumarán a cualquier otro recurso previsto en esta sección y a cualquier otro recurso previsto en derecho o equidad.
  9. HONORARIOS DE ABOGADOS: Al aceptar cualquier Pedido, el Vendedor acepta que en el caso de que el Comprador sea parte de cualquier acción que surja de, desde o como resultado de o basada en un Pedido, el Vendedor pagará al Comprador sus honorarios de abogados razonables y los costos judiciales incurridos en relación con ello.
  10. CONTRATO Y JURISDICCIÓN DE CALIFORNIA: El contrato creado mediante una Orden se interpretará y aplicará conforme a las leyes del Estado de California, Condado de Orange. El Vendedor consiente la aplicación exclusiva de las leyes del Estado de California, sin perjuicio de las leyes de conflicto de leyes. Cualquier demanda, acción o procedimiento legal derivado o relacionado con una Orden deberá interponerse ante los tribunales federales de los Estados Unidos de América o los tribunales del Estado de California, ubicados en el Condado de Orange, en cada caso. Cada parte se somete irrevocablemente a la jurisdicción exclusiva de dichos tribunales en cualquier demanda, acción o procedimiento.
  11. CUMPLIMIENTO DE LAS LEYES APLICABLES, LA LEY DE NORMAS LABORALES JUSTAS, ETC.: El Vendedor y todas las personas proporcionadas por el Vendedor cumplirán a su propio costo con todas las leyes, ordenanzas, regulaciones y códigos federales, estatales, locales y extranjeros aplicables, incluyendo la identificación y obtención de los permisos, certificados, licencias, seguros, aprobaciones e inspecciones requeridas en el desempeño de una Orden. El Vendedor acepta indemnizar al Comprador y a sus clientes por cualquier pérdida o daño que pueda sufrirse por razón de cualquier incumplimiento. Al aceptar una Orden, el Vendedor certifica que los materiales y artículos Pedidos se producirán de conformidad con todos los requisitos aplicables de la Ley de Normas Laborales Justas de 1938 en su forma enmendada, y las regulaciones y órdenes legales de la Administración de la División de Salarios y Horas y la Ley de Relaciones Laborales y de Gestión. El Vendedor cumplirá con todas las leyes de exportación e importación de todos los países involucrados en la venta de bienes bajo cualquier Orden. El Vendedor asume toda la responsabilidad por los envíos de bienes que requieran cualquier despacho de importación del gobierno. El Comprador podrá rescindir cualquier Pedido si alguna autoridad gubernamental impone derechos antidumping, derechos compensatorios o cualquier derecho de represalia sobre las mercancías.
  12. DEDUCCIÓN Y COMPENSACIÓN: Cualquier suma pagadera al Vendedor estará sujeta a todas las reclamaciones y defensas del Comprador, quien podrá compensar y deducir de dichas sumas todas las deudas presentes y futuras del Vendedor con el Comprador. El Comprador proporcionará una copia de la deducción realizada en la cuenta del Vendedor como resultado de cualquier devolución o ajuste. Se considerará que el Vendedor ha aceptado cada una de dichas deducciones a menos que, dentro de los 90 días siguientes a la recepción del comprobante de deducción, notifique por escrito al Comprador las razones por las que no deben realizarse las deducciones y presente la documentación que las justifique.
  13. FUERZA MAYOR: Ninguna de las partes será responsable ante la otra por cualquier retraso o incumplimiento debido a caso fortuito, incendio, explosión, inundación, vendaval, terremoto, embargos comerciales, regulaciones gubernamentales, guerra, disturbios civiles o cualquier otra causa ajena a su control razonable (un "Evento de Fuerza Mayor"). La parte cuyo cumplimiento se vea afectado hará todos los esfuerzos comercialmente razonables para desarrollar un plan alternativo mutuamente aceptable con el fin de minimizar el impacto de un Evento de Fuerza Mayor. Si ocurre cualquier Evento de Fuerza Mayor, la parte retrasada o incapaz de cumplir dará aviso inmediato a la otra parte, indicando la naturaleza de la condición del Evento de Fuerza Mayor y cualquier acción que se esté tomando para evitar o minimizar su efecto, y la parte afectada por la demora o incapacidad de la otra para cumplir puede optar por: (1) suspender la Orden, en su totalidad o en parte, mientras dure la condición del Evento de Fuerza Mayor y (2) a su opción comprar, vender, obtener o proporcionar en otro lugar material o servicios que se comprarán, venderán, obtendrán o proporcionarán bajo una Orden (a menos que dicha venta o suministro esté prohibido bajo una Orden) y deducir de cualquier compromiso la cantidad comprada, vendida, obtenida o proporcionada para la cual se han realizado compromisos en otro lugar y (3) una vez que cese la condición del Evento de Fuerza Mayor, reanudar el cumplimiento bajo la Orden con una opción para la parte afectada de extender el período de la Orden hasta el tiempo que duró la Condición de Fuerza Mayor, y/o (4) cuando la demora o el incumplimiento continúe por un período de al menos 15 días, rescindir, sin cargo, la Orden o la parte del mismo relacionada con material no enviado o servicios no prestados. Salvo notificación por escrito dentro de los 45 días siguientes a la notificación del Evento de Fuerza Mayor a la parte afectada, se considerará seleccionada la opción (4).
  14. DEMANDANTE: El Vendedor no demandará ni iniciará acciones contra el Comprador o sus clientes o los empleados de cualquiera de ellos con base en cualquier reclamo de cualquier persona por lesiones personales o muerte de un empleado del Comprador o sus clientes que ocurran en el curso o alcance del empleo y que surjan de material o servicios proporcionados bajo un Pedido.
  15. INFRACCIÓN: Los siguientes términos se aplican a cualquier infracción o reclamación de infracción de cualquier patente, marca registrada, derecho de autor, secreto comercial u otro interés de propiedad basado en la fabricación, instalación, uso normal, arrendamiento o venta de cualquier equipo, programa, documentación, servicio o material ("Material") proporcionado al Comprador bajo una Orden o en contemplación de la Orden. El Vendedor indemnizará al Comprador y a sus clientes por cualquier pérdida, daño, gasto o responsabilidad que pueda resultar por razón de dicha infracción o reclamación, excepto cuando dicha infracción o reclamación surja únicamente de la adhesión del Vendedor a las instrucciones o direcciones escritas del Comprador que impliquen el uso de Material que no sea (1) material comercial que esté disponible en el mercado abierto o sea el mismo que dicho Material, o (2) Material de origen, diseño o selección del Vendedor: y el Comprador indemnizará al Vendedor en dichos casos exceptuados. Cada parte defenderá o resolverá, a su propio costo, cualquier acción o demanda contra la otra por la que sea responsable bajo esta cláusula. Cada parte notificará a la otra con prontitud cualquier reclamo de infracción del cual la otra sea responsable y cooperará con la otra de todas las formas razonables para facilitar la defensa de dicho reclamo.
  16. FACTURACIÓN: El Vendedor (1) emitirá facturas individuales, o según se especifique en el Pedido, indicando el número de Pedido, la ruta y el peso; (2) emitirá facturas separadas para cada envío dentro de las 24 horas posteriores al envío; y (3) enviará las facturas por correo a la dirección indicada en el Pedido. Copias de los conocimientos de embarque y del aviso de envío deberán acompañar a todos los productos/materiales. Si se autoriza el pago anticipado de los gastos de transporte, el Vendedor incluirá los gastos de transporte desde el punto FOB hasta el destino como un concepto separado en la factura, indicando el nombre del transportista utilizado. No se permiten cargos mínimos de facturación a menos que se autorice expresamente en el Pedido.
  17. SEGURO: Si el Comprador lo solicita, el Vendedor se compromete a obtener, a su exclusivo cargo, una o más pólizas de seguro en una forma satisfactoria para el Comprador, en la que el Comprador será el asegurado, asegurando todos los bienes en las instalaciones del Vendedor, propiedad del Comprador, contra pérdidas o daños resultantes de incendio (incluida la cobertura extendida), daños maliciosos y vandalismo. Se presentará al Comprador prueba satisfactoria de la obtención y la plena vigencia de dicho seguro antes del primer envío de mercancías y posteriormente, a solicitud del Comprador. El Vendedor obtendrá un seguro adecuado para cubrir su responsabilidad en virtud de cada Pedido y proporcionará copias del/de los certificado(s) de seguro correspondiente(s) que designen al Comprador como asegurado adicional, antes del primer envío de mercancías y posteriormente, a solicitud del Comprador. El Vendedor acepta que el Vendedor, su(s) seguro(s) y cualquier persona reclamada por, en virtud o en nombre del Vendedor no tendrán derecho a reclamación, acción ni subrogación contra el Comprador ni sus clientes por ninguna pérdida o responsabilidad asegurada en virtud del seguro anterior. El Vendedor y sus subcontratistas proporcionarán, antes del inicio de las obras, certificados o comprobantes suficientes del seguro mencionado, incluyendo, si el Comprador lo solicita específicamente, copias de los endosos y pólizas de seguro. Se notificará al Comprador por escrito al menos 30 días antes de la cancelación o cualquier modificación de la póliza.
  18. EMBALAJE Y TRANSPORTE: Salvo que se especifique lo contrario, la mercancía se adquiere FOB destino. Las entregas se realizarán según lo especificado, sin cargo por embalaje, almacenamiento ni ningún otro cargo, a menos que se especifique lo contrario. El material se embalará adecuadamente para protegerlo contra daños causados ​​por el transporte y las inclemencias del tiempo, y para asegurar los costes de transporte más bajos, de acuerdo con los requisitos de las empresas de transporte comunes. Los números y símbolos de pedido del Comprador deben estar claramente marcados en todas las facturas, paquetes, conocimientos de embarque y órdenes de envío. Cada caja o paquete enviado se acompañará de una lista de empaque, que mostrará el número de pedido del Comprador, el número de artículo y la descripción de los materiales. El recuento o peso del Comprador será definitivo y concluyente para los envíos que no vayan acompañados de una lista de empaque. Los recibos de envío o conocimientos de embarque se enviarán al Comprador en la fecha de envío del material. Las facturas se enviarán por correo únicamente en original a la atención del Departamento de Contabilidad del Comprador inmediatamente después de cada envío. Los gastos adicionales de flete o acarreo resultantes de una ruta diferente a la indicada por el Comprador se cargarán a la cuenta del Vendedor. No se realizarán sustituciones de bienes ni servicios sin la autorización del Comprador. El Vendedor no modificará la cantidad del paquete en ningún Pedido sin la autorización escrita del Comprador.
  19. INDEMNIZACIÓN DE PATENTES: El Vendedor en nombre propio, de sus sucesores y cesionarios, garantiza que el material y los bienes pedidos, a menos que se fabriquen de conformidad con las especificaciones proporcionadas por el Comprador, no infringen ni infringirán ninguna patente concedida por los Estados Unidos de América o cualquier país extranjero, ni ninguna marca comercial o nombre comercial, y el Vendedor se compromete y acuerda indemnizar y mantener indemne al Comprador, sus afiliados, sus sucesores, cesionarios, clientes y usuarios de sus productos contra todas y cada una de las reclamaciones, demandas, gastos y responsabilidades que surjan de o sean atribuibles a dicha infracción, y el Vendedor se compromete a defender, a su propio costo y sin costo alguno para el Comprador, dichas reclamaciones, ya sean justificadas o injustificadas, o, a opción del Comprador, a permitir y ayudar al Comprador en su defensa, y a pagar todos los honorarios razonables de abogados, costas judiciales y otros gastos incurridos por el Comprador o sus clientes en su defensa.
  20. DERECHOS DE PATENTE: Cuando se efectúe un pago por trabajos experimentales, de desarrollo o de investigación, que se realizarán de acuerdo con los requisitos especiales del Comprador, el Vendedor se compromete a divulgar y, previa solicitud, ceder al Comprador cada invención resultante. Todos los derechos de propiedad inherentes al diseño, las herramientas, los patrones, los dibujos, la información, el equipo y los esquemas proporcionados por el Comprador en virtud de un Pedido quedan reservados y su uso se limita al trabajo que se realizará en virtud del presente. El Vendedor no divulgará ningún detalle relacionado con un Pedido a terceros, salvo que sea necesario para garantizar su ejecución, sin obtener previamente el consentimiento por escrito del Comprador.
  21. PRECIOS: No se debe completar un pedido a precios superiores a los indicados en el mismo. El Vendedor garantiza que los precios del pedido son tan bajos como cualquier precio (neto) ofrecido por el Vendedor a cualquier otro cliente similar por un material similar. El Vendedor beneficiará al Comprador de cualquier reducción de precio antes de la fecha de envío.
  22. RIESGO Y PÉRDIDA: El Comprador no será responsable ni estará obligado a pagar por las mercancías enviadas hasta que se reciban en el lugar de envío indicado en el anverso del presente documento y en buen estado. El Comprador tendrá derecho a determinar el buen estado de la mercancía o las piezas, reservándose el derecho a inspeccionarlas en el momento y lugar de la entrega antes de aceptarlas.
  23. INDEMNIZACIÓN GENERAL DEL VENDEDOR AL COMPRADOR: El Vendedor reembolsará, indemnizará, defenderá y eximirá de responsabilidad al Comprador, sus afiliados, sucesores y cesionarios de toda obligación, responsabilidad, acción, causa de acción, pérdida, daño o penalización, incluyendo, entre otros, reclamos por infracción de patentes, derechos de autor, marcas registradas, competencia desleal, lesiones corporales, daños a la propiedad u otros daños, que surjan del uso, posesión, consumo o venta de dichos bienes o de cualquier incumplimiento de la garantía, expresa o implícita, por parte del Vendedor. Si algún bien o servicio es defectuoso, inadecuado, se envió incorrectamente o no cumple con todos los términos del Pedido y todas las garantías implícitas por ley, el Comprador podrá, a su discreción, devolver los bienes al Vendedor para obtener un crédito completo o un reembolso del precio de compra y podrá cobrar al Vendedor dicho precio y el costo de cualquier flete de entrada y salida incurrido y cualquier cargo razonable por manejo, almacenamiento e inspección.
  24. ESTADO DE CUENTA Y CONDICIONES: Se debe enviar un estado de cuenta al Departamento de Contabilidad del Comprador lo antes posible después del primer día de cada mes. Las demoras en la recepción del estado de cuenta o las facturas, así como los errores u omisiones en el estado de cuenta, se considerarán causa justificada para retener la liquidación, sin perder los descuentos aplicables. El pago se realizará de acuerdo con las condiciones del presente documento; sin embargo, si las condiciones de pago se dejan en blanco, el Comprador tendrá 60 días a partir de la recepción de los bienes y servicios para realizarlo. No obstante lo anterior, el pago solo será exigible una vez que el Vendedor haya cumplido completa y fielmente con los términos y condiciones de un Pedido. El pago podrá realizarse mediante cheque comercial, a menos que se especifique lo contrario.
  25. TIEMPO ESENCIAL: El tiempo es esencial en cualquier Pedido. Los bienes y servicios se entregarán a más tardar al cierre del día hábil especificado en el Pedido o según el cronograma establecido en el mismo. El Comprador tendrá derecho a exigir la entrega de todos los bienes o servicios de una sola vez durante el plazo programado o en fracciones, según lo indique el Comprador, en cualquier momento durante dicho plazo. El incumplimiento por parte del Vendedor de cualquier fecha de entrega constituirá un incumplimiento sustancial del Pedido, por lo que el Comprador podrá rescindirlo.
  26. VARIACIÓN EN LA CANTIDAD: El Comprador no asume ninguna responsabilidad por el material producido, procesado o enviado en exceso de la cantidad especificada en un Pedido.
  27. CAMBIOS: Los bienes que se suministren en virtud del presente contrato se fabricarán específicamente de acuerdo con las especificaciones del Comprador; este podrá modificar las especificaciones mediante solicitud por escrito. Cualquier diferencia en precio o plazo de ejecución resultante de dicho cambio se ajustará equitativamente y la solicitud se modificará por escrito en consecuencia.
  28. GARANTÍA: El Vendedor garantiza y declara que los productos enviados (a) estarán libres de defectos de diseño, mano de obra y materiales, incluyendo, sin limitaciones, aquellos que pudieran representar un riesgo para la vida o la propiedad; (b) cumplirán en todos los aspectos con todas las leyes, órdenes y regulaciones federales, estatales y locales aplicables, incluyendo, sin limitación, aquellas relacionadas con la seguridad y salud ocupacional; (c) no infringirán ni usurparán los derechos contractuales o de propiedad personales del Comprador o de terceros, incluyendo patentes, marcas registradas, derechos de autor, derechos de privacidad o secretos comerciales; (d) cumplirán con todas las especificaciones del Comprador, si las hubiera, entregadas al Vendedor, las cuales pueden cambiar ocasionalmente. Si se mostró al Comprador alguna muestra de los productos, el Vendedor garantiza que los productos enviados serán de calidad igual o superior. El Vendedor, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción por parte del Vendedor de la notificación relativa al incumplimiento de las garantías proporcionadas en un Pedido en los bienes, equipos asociados o materiales, iniciará una acción correctiva para subsanar el defecto o el incumplimiento, o si se desconoce la acción correctiva, iniciará una investigación de la no conformidad, ya sea que dicho defecto o incumplimiento se descubra antes o después de la inspección y aceptación por parte del Comprador de dichos bienes o equipos asociados o materiales. En caso de falla de una pieza o bienes durante el período en que esté bajo garantía, el Comprador devolverá la pieza o bienes defectuosos al Vendedor a costo y expensas del Vendedor y el Vendedor, a opción del Comprador, reparará y devolverá dicha pieza o bienes defectuosos o los reemplazará por unos nuevos. La remoción y reinstalación de la pieza o bienes correrán a cargo exclusivo del Vendedor.
  29. MATERIALES FALSIFICADOS: El Vendedor solo utilizará fuentes aprobadas por la gestión de la cadena de suministro del Proveedor. El Vendedor utilizará un proceso documentado de gestión de piezas falsificadas según lo dispuesto en esta Sección para la contención de artículos falsificados y la notificación al Comprador cuando se descubran dichos artículos. Este proceso evitará la devolución de artículos falsificados a la cadena de suministro. Los procesos del Vendedor relacionados con la compra incluirán lo siguiente: (1) La evaluación de las posibles fuentes de suministro, que incluyen proveedores de piezas electrónicas, ensamblajes y equipos, para determinar el riesgo de recibir piezas falsificadas se completará utilizando el formulario 5406. Las acciones de evaluación pueden incluir la utilización de información de encuestas y auditorías de la revisión de alertas de productos o proveedores (por ejemplo, GIDEP, ERAI) y la revisión de los datos de calidad del proveedor para determinar el rendimiento pasado. También se puede utilizar un cuestionario independiente para recopilar más información sobre los equipos, las pruebas, la inspección y los sistemas de calidad de un proveedor, (2) El Vendedor mantendrá un registro de proveedores aprobados, incluido el alcance de la aprobación, para minimizar el riesgo de suministro de piezas falsificadas, (3) La especificación de una preferencia para adquirir directamente de; (4) La garantía de que las fuentes de suministro aprobadas y continuas mantienen procesos efectivos para mitigar los riesgos de suministrar piezas electrónicas falsificadas, (5) La evaluación y mitigación de los riesgos de obtener piezas falsificadas de fuentes distintas a OCM o sus proveedores autorizados, (6) La especificación de la trazabilidad de la cadena de suministro hasta OCM o fabricante de repuestos que identifica el nombre y la ubicación de todos los intermediarios de la cadena de suministro desde el fabricante de la pieza hasta la fuente directa del producto para el vendedor, y (7) Las especificaciones y los requisitos aplicables se transmitirán a los proveedores correspondientes y sus fuentes en todos los pedidos.
  30. MINERALES DE CONFLICTO: El Comprador busca cumplir con las metas y objetivos del Artículo 1502 de la Ley Dodd-Frank, cuyo objetivo es prevenir el uso de minerales de conflicto (tantalio, estaño, oro y tungsteno, o "3TG") que, directa o indirectamente, financian o benefician a grupos armados en la República Democrática del Congo y países limítrofes (en conjunto, la "RDC"). Por lo tanto, el Vendedor declara haber adoptado políticas y sistemas para validar, en la medida de lo posible, el abastecimiento y la cadena de custodia de dichos materiales. El Vendedor proporcionará la información de respaldo más reciente sobre su cadena de suministro de 3TG a solicitud del Comprador, pero al menos cada año natural.
  31. IGUALDAD DE OPORTUNIDADES EN EL EMPLEO: El Vendedor cumplirá con las disposiciones de las Leyes de Igualdad de Oportunidades en el Empleo, Acción Afirmativa para Discapacitados Físicos y Mentales y Acción Afirmativa para Veteranos Discapacitados y Veteranos de la Era de Vietnam, las disposiciones de la Sección 202 de la Orden Ejecutiva 11246, Orden Ejecutiva 11701, Sección 2012 de la Ley de Reajuste de Veteranos de la Era de Vietnam de 1974, Sección 503 de la Ley de Rehabilitación de 1973 en su forma enmendada y la Ley de Estadounidenses con Discapacidades de 1990. Todas las normas y regulaciones relacionadas con lo anterior se incorporan por referencia y el Vendedor declara mediante la aceptación de una Orden que cumplirá con dichas Órdenes Ejecutivas, Leyes, normas y regulaciones, y enmiendas a las mismas en la medida en que sean aplicables. El Vendedor también cumplirá con los requisitos del Título 41 del Código de Regulaciones Federales (CFR), §§ 60-1.4(a), 60-300.5(a) y 60-741.5(a). Estas regulaciones prohíben la discriminación contra cualquier persona por motivos de raza, color, religión, sexo u origen nacional. Asimismo, exigen que los proveedores adopten medidas de acción afirmativa para contratar y promover el empleo de personas sin importar su raza, color, religión, sexo, origen nacional, condición de veterano protegido o discapacidad.
  32. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD: Nada en ningún Pedido excluirá ni limitará (a) la responsabilidad del Vendedor en virtud de las Secciones 15, 19 y 23 del presente, ni (b) la responsabilidad del Vendedor por fraude, lesiones personales o fallecimiento causados ​​por su negligencia o dolo. La responsabilidad máxima del Comprador ante el Vendedor no excederá el importe total efectivamente pagado o por pagar en virtud de un Pedido.
  33. RENUNCIA: Ninguna renuncia por parte de cualquiera de las partes a las disposiciones de la Orden surtirá efecto a menos que se establezca explícitamente por escrito y esté firmada por la parte que la renuncia. Salvo que se establezca lo contrario en la Orden, la falta de ejercicio o la demora en el ejercicio de cualquier derecho, recurso, facultad o privilegio derivado de la Orden no constituirá ni se interpretará como una renuncia a los mismos, ni el ejercicio único o parcial de cualquier derecho, recurso, facultad o privilegio aquí establecido impedirá cualquier otro ejercicio posterior del mismo o el ejercicio de cualquier otro derecho, recurso, facultad o privilegio.
  34. RECURSOS ACUMULATIVOS: Los derechos y recursos del Comprador bajo esta Orden son acumulativos y se suman a, y no sustituyen, cualquier otro derecho y recurso disponible por ley, equidad o de otro modo.
  35. AVISOS: Todos los avisos, solicitudes, consentimientos, reclamaciones, demandas, renuncias y demás comunicaciones en virtud del presente (cada uno, un "Aviso") deberán constar por escrito y dirigirse a las partes a las direcciones que figuran en el anverso de la Orden o a cualquier otra dirección que la parte receptora designe por escrito. Todos los Avisos se entregarán por entrega personal, mensajería urgente reconocida a nivel nacional (con todos los gastos pagados), fax (con acuse de recibo) o correo certificado (en cada caso, con acuse de recibo y franqueo pagado). Salvo que se disponga lo contrario en la Orden, un Aviso solo surtirá efecto (a) tras su recepción por la parte receptora, y (b) si la parte que lo emite ha cumplido con los requisitos de esta Sección.
  36. DIVISIBILIDAD: Si algún término o disposición de una Orden es inválido, ilegal o inaplicable en cualquier jurisdicción, dicha invalidez, ilegalidad o inaplicabilidad no afectará a ningún otro término o disposición de la Orden ni invalidará o hará inaplicable dicho término o disposición en cualquier otra jurisdicción.
  37. SUPERVIVENCIA: Las disposiciones de una Orden que por su naturaleza deban aplicarse más allá de sus términos permanecerán en vigor después de cualquier terminación o vencimiento de la Orden, incluidas, entre otras, las siguientes disposiciones: Compensación, Garantías, Indemnización general, Propiedad intelectual, Indemnización, Seguro, Cumplimiento de las leyes, Confidencialidad, Ley aplicable, Sumisión a la jurisdicción y Supervivencia.